El Gobierno cambiará la sedición por un delito de “desórdenes públicos agravados” que rebajará la pena máxima de 15 a 5 años
El PSOE y Unidas Podemos han registrado este viernes en el Congreso una proposición de ley para reformar el delito de sedición en España, una decisión que rechazan desde el principal partido de la oposición. La razón que expone el Gobierno para modificar este delito, por el que fueron condenados algunos de los líderes del ‘procés’ independentista catalán, es la de homologar la legislación española al “resto de democracias europeas”, según palabras del presidente del Ejecutivo, Pedro Sánchez.
Argumenta que lo hace para homologar la legislación española “a la del resto de democracias europeas”
La proposición de ley prevé asimilar la norma a las recogidas en los códigos penales de Alemania, Francia, Italia, Suiza, Bélgica o Portugal. En estos territorios, no existe la figura de la sedición igual que en España, lo que ha abierto el debate entorno a este tipo de delitos.
En ellos, se castiga la desobediencia con penas que van desde los tres meses a los 10 años, dependiendo de la gravedad de los hechos y del uso de la violencia, un requisito importante para el aumento de penas. Pero también aparecen otros delitos como poner en peligro los intereses generales del estado, entre ellos, la integridad territorial, que conllevan castigos más elevados.
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¿Qué es el delito de sedición en España?
La sedición, según se desarrolla en los artículos que van del 544 al 549 del código penal español, se atribuye a aquellas personas que se alcen “pública y tumultuariamente” para impedir “por la fuerza o fuera de las vías legales” la aplicación de las leyes o el ejercicio de las funciones a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público.
Actualmente, prevé penas de entre 10 y 15 años de prisión y la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo a las personas “constituidas en autoridad” que hayan “inducido, sostenido o dirigido” la sedición. No obstante, el Gobierno ha anunciado que lo sustituirá por el delito de “desórdenes públicos agravados” y rebajará la pena máxima por los delitos de sedición a 5 años de cárcel, con un máximo de ocho años de inhabilitación, algo que ha provocado las críticas de la oposición.
Portugal: penas diferentes para desobediencia, alteración o traición
En Portugal, el código penal tampoco contempla el delito de sedición como se entiende en España, pero sí recoge conductas que se pueden aproximar aunque no sean del todo iguales. Lo más parecido es lo que se conoce como delito de desobediencia colectiva, que esta penado con multas o penas de hasta dos años de cárcel.
La normativa portuguesa, además, recoge otras conductas que se aproximan a la sedición. La primera se refiere al delito de alteración violenta del Estado, en el artículo 325. Cuando un individuo intenta destruirlo de manera violenta, con intimidación o sabotaje, se castiga con penas de 3 a 12 años y si hay uso de armas de 5 a 15 años de cárcel. El artículo 333 recoge la coacción contra órganos constitucionales, mediante violencia o amenaza de violencia con penas de 1 a 8 años de prisión. El máximo se reduce si hay atenuantes.
Portugal también contempla el delito de traición con penas de hasta 20 años, a quien, con abuso de sus funciones soberanas, intente separar el territorio, pero este delito está fuera del contexto legal de lo que aquí se entiende por sedición.
La normativa en Alemania, Italia y Suiza
En el código penal alemán no existe el delito de sedición, lo más parecido son dos artículos del código penal. Uno de ellos, recogido en el parágrafo 125, habla de la ruptura de la paz pública o perturbación del orden público con una condena que iría desde una multa hasta los tres años de prisión si no hay violencia. Si hay armas de fuego o concurre pelirgo para la vida o salud de las personas la pena se elevaría hasta los diez años de cárcel. El otro artículo habla de amotinamiento popular con una condena de entre tres meses y cinco años.
En la legislación italiana tampoco existe el delito de sedición, y los relacionados contra el orden público son distintos a los del código español. Sí, hay, en cambio, un delito de atentado a la integridad, la independencia y la unidad del Estado, que implica violencia. Hasta el año 2006, el castigo era el máximo, la cadena perpetua, luego se rebajó hasta los 12 años de cárcel.
Suiza, por su parte, castiga delitos similares contra el Estado con menos de un año, que pueden subir hasta tres cuando se da una resistencia grave.
¿Y en otros países?
En otros territorios europeos también se encuentra la misma ambigüedad en torno a esta figura, al no encontrarse tipificada de la misma manera que en España. Países Bajos estipulan penas de hasta cinco años para aquellas personas que inciten a alguien a cometer un delito o actuar con violencia contra las autoridades públicas. Finlandia, por su parte, condena hasta diez años de prisión el uso de violencia contra la labor pública y con una multa a aquellos que simplemente la obstruyan.
Mientras, en Suecia y Dinamarca, está penado con hasta cuatro años la incitación grave a otras personas a desobecer las leyes o cometer delitos. En Grecia, el levantamiento, se castiga con penas de entre seis meses y dos años a aquellos que, a través de la violencia, fuercen a una autoridad a actuar contra la ley o desobedecerla.
Austria, que contempla la traición, pero no la sedición, pena entre 10 y 20 años de cárcel a los que se empeñen en modificar la constitución o amenacen con independizar un territorio del país. Rumanía, en cambio, contempla un delito de sedición pero para aquellos que instigan o arman a la población para cometer robos con violencia o asesinatos o con el objetivo de provocar una guerra civil en el país.
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