Abril ha traído novedades en lo referente a las bajas laborales en España, el trabajador ya no es el que está obligado a trasladar a la empresa su baja médica. Igualmente en Portugal, se ha puesto en marcha la autogestión de las bajas médicas de menos de tres días por los trabajadores.
En España los trabajadores ya no tendrán que entregar la baja laboral
Desde este 1 de abril los trabajadores quedan liberados de esa obligación y será la Administración quien se encargue de ello. Se trata de una de las medidas aprobadas por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a través de un real decreto al que dio luz verde el Consejo de Ministros a finales de diciembre del año pasado.
¿Cómo se hará el trámite?
A partir de ahora, el médico solo entregará una copia del parte de baja, confirmación o alta al paciente. El servicio público de salud o la mutua remitirán los datos al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que, a su vez, comunicará a la empresa el parte médico del trabajador. Este cambio se aplicará a todas las bajas que se inicien desde el 1 de abril o a las que en este momento se encuentren en curso y no superen los 365 días de duración. Una vez el médico comunica la baja o el alta a la Seguridad Social, al día siguiente que sea hábil la administración tiene que informar a nuestra empresa. Y después la empresa tendrá 3 días hábiles para dar a la Seguridad Social los datos que le reclamen sobre el trabajador.
El médico podrá adelantar el alta
Otro cambio importante del nuevo Real Decreto es que se podrán adelantar las revisiones médicas, saltándose los plazos que se marcaban hasta ahora. Con esta flexibilidad en los tiempos, la baja podría durar menos tiempo que el previsto inicialmente. Por ejemplo, las bajas que se dan de entre cinco y treinta días deberán tener una primera visita antes de que pasen siete días, pero el médico nos podrá revisar antes si lo considera necesario. En los procesos entre 31 y 60 días, el máximo de espera hasta la siguiente revisión es igualmente de una semana, mientras puede alargarse hasta 14 días para las bajas más largas.
Objetivo: agilizar los trámites
El objetivo es no cargar de gestiones al trabajador enfermo. “De este modo, se evitan a la persona trabajadora obligaciones burocráticas que, precisamente por estar en incapacidad temporal, pueden resultarle gravosas”, explica el texto del Real Decreto.
Una baja laboral de tres días sin necesidad de médico: la medida de Portugal que busca desaturar los centros de salud
La medida entrará en vigor el 1 de mayo, “un día muy simbólico”. Estos cambios se enmarcan dentro de un gran paquete de medidas laborales llamado “agenda de trabajo digno”. A partir de ahora cualquier trabajador que tenga un resfriado que le impida ir a trabajar no tiene que ir al centro de salud. Puede llamar al teléfono del SNS24, el portal digital de salud, y va a informar de que se encuentra mal y que necesita una baja laboral de tres días.
El objetivo de esta medida es facilitar la vida de los trabajadores. Los portugueses podrán evitar así todo el proceso burocrático que lleva consigo solicitar una baja de pocos días. Por otro lado, la medida supone un alivio considerable para el sistema nacional de salud con la sobrecarga que tiene.
En Portugal aparecen periódicamente casos de absentismo laboral, incluso dentro de la profesión sanitaria. El ministro de Sanidad cifraba en 750.000 las consultas anuales para gestionar las bajas médicas de tres días.
A parte de esta medida, Portugal está experimentando con la semana laboral de cuatro días y ha propuesto reducir la jornada laboral de los funcionarios. Estas políticas también están dentro de ese paraguas de la “agenda de trabajo digno”, que incluye 70 medidas y reformas en varias leyes y normas. Está previsto que la semana laboral de cuatro días se ponga en marcha en el segundo semestre del año.
Críticas a las medidas
La patronal portuguesa no está de acuerdo con estas medidas. Sin embargo, sí ha habido empresas que se han interesado en los programas piloto de estas políticas. Las mayores críticas provienen del sector servicios y la hostelería porque no lo consideran viable en una actividad profesional en el que se trabaja los siete días a las semana.
Estas bajas no están remuneradas y las arcas de las empresas no se ven afectadas. La ley no establece ningún tipo de sanción ante un posible fraude. Sin embargo, sí establece un límite anual. Para tramitar una tercera hay que acercarse al centro de salud y tramitarla con su médico de cabecera.
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