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Cómo funcionan las elecciones en España

Cómo funcionan las elecciones en España: Una guía para evitar que te cuelen fakes y bulos en esta campaña electoral

Todos hemos oído alguna vez cosas como que INDRA hace el recuento de votos, que hay riesgo de pucherazo, que a tal o cual partido le han anulado la propaganda o no le sacan en los medios… Lo cierto es que las elecciones en España están sumamente reguladas y todo el proceso cuenta con unas enormes garantías de transparencia y limpieza del proceso. Empezando por el censo y hasta el recuento de votos el día de la votación en las mesas electorales. Incluso mas allá, ya que como veremos a lo largo de este artículo, la competencia de las juntas electorales provinciales y de zona se extiende hasta 100 días tras las elecciones, y en el caso de la Central y las Autonómicas su mandato es permanente.

La Junta Electoral, esa gran desconocida: para qué es y cómo se conforma

Las diversas Juntas Electorales, tanto las de zona, provinciales y autonómicas, están supeditadas a la Junta Electoral central en un orden jerárquico. Dichas Juntas se conforman de la siguiente manera: dependiendo del tipo de junta electoral existen pequeñas variaciones, las definidas por la ley electoral general (central, provincial y de zona) comparten características. Están compuestas por miembros de la carrera judicial y especialistas en derecho, ciencia política o sociología. Sus miembros son inamovibles y sólo podrán ser suspendidos por delitos o faltas electorales.

Las Juntas Electorales autonómicas son las que varían en su composición ya que dependen de las respectivas leyes regionales y cada una tiene su propio procedimiento para elegir a sus miembros, aunque los criterios son similares entre ellas.

La función de las juntas electorales es velar por el correcto funcionamiento de las elecciones y que no se produzcan infracciones de la ley electoral. Las funciones de la Junta Electoral Central abarcan todo el proceso de las elecciones, incluidas la proclamación de candidaturas y la publicación de los resultados. Regula, supervisa y sanciona el cumplimiento de las normas electorales.

Las subvenciones a los partidos políticos: cuanto dinero reciben y en que proporción

Los partidos que obtengan representación parlamentaria en elecciones pueden optar a subvenciones para sufragar sus gastos electorales. En España, los partidos pueden solicitar subvenciones públicas para gastos electorales. Las pueden solicitar solamente los partidos que obtengan representación parlamentaria. Las subvenciones se cobran después de las elecciones, pero los que hayan obtenido representación en las elecciones anteriores pueden pedir anticipos

Las subvenciones para las elecciones municipales de este 28M están definidas en el artículo 193 de la ley electoral (LOREG) y actualizadas para el 28-M en esta orden ministerial de Hacienda, se establecen estas cuantías: 270,90 euros por cada concejal electo y 0,54 euros por cada voto obtenido, siempre que haya al menos un concejal electo. No obstante hay un techo de gasto electoral que está situado en el resultado de multiplicar por 0,11 euros el número de electores de una circunscripción.

Las subvenciones por gastos electorales se pagan después de las elecciones, tras la proclamación de los resultados definitivos. En los meses siguientes a la cita electoral, los partidos deben presentar sus cuentas electorales ante el Tribunal de Cuentas o el órgano autonómico correspondiente para que sean fiscalizadas. Si alguno hubiera solicitado un anticipo sobre los resultados de elecciones anteriores y no hubiera logrado ningún escaño deberá devolver dicho anticipo.

El recuento de votos ¿es posible un pucherazo?

Tanto como si te toca estar en la mesa electoral como si no te vamos a explicar cómo se recuentan los votos. En la mesa, al acabar la jornada electoral, los vocales y el presidente abren la urna y recuentan las papeletas a mano y confeccionan un acta bajo la supervisión de los apoderados de los partidos, que suelen estar presentes en la mesa a lo largo de toda la jornada electoral. El procedimiento está abierto a la asistencia de cualquier ciudadano, así que si a alguien después de nuestro artículo le queda alguna duda siempre puede acudir al recuento a la 20:00h tras el cierre de el periodo de votación.

Después del recuento en la mesa, tanto las actas como las papeletas son enviadas a la junta electoral de zona, que es la que digitaliza dichas actas y las envía a Indra (ahora sí aparece en escena) para que ofrezca el escrutinio a los medios de comunicación.  Pero en ningún caso Indra se encarga de realizar el recuento. El recuento definitivo lo realizan las Juntas Electorales en el Escrutinio General, tres días después de la votación, y ese procedimiento también está abierto a asistencia de cualquier ciudadano.

Esperamos haberte aclarado las dudas y que estas elecciones vayas a votar en conciencia y sabiendo a ciencia cierta para qué es tu voto. No es un papel que depositas en una urna para hacer un bonito teatrillo, sino tu voluntad para que tu pueblo, ciudad, región o país funcionen de acuerdo con lo que los representantes que eliges decidan, así que elige sabiamente.

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